martes, 14 de junio de 2022

DISPENSA- 1752- BARTOLOMÉ VILLATORO CON ANTONIA LÓPEZ DE LOS RÍOS- Huehuetenango

crónicas reales de mis ancestros coloniales

Por el autor  del blog- un  huehueteco apasionado de la historia

 Documento en las primeras páginas muy borroso (Año de 1752)

Bartolomé de Villatoro,”besino”de este de Gueguetenango ante Vd. Paresco  com a mi R. P. Cura -----matrimonio con Antonia Lopes de los Ríos,  así mismo “besina” de este dho pueblo, --

En dho Pueblo----Bartolomé “Viyatoro”, español, besino”de este pueblo, hijo lexitimo de Gregorio Villatoro y de Melchora Massariegos, --la dha Antonia Lopes, hija de Antonio Lopes de los Ríos y de el abuelo del dho Bartolomé de Villatoro era primo del dho Antonio Lopes, en primer grado por ser (hijos) de dos hermanos carnales que lo fueron (francisco) Lopes de los Ríos y Gregoria Lopes de los Ríos,-------------firma Fray Miguel Hidalgo Cura  Ante mí—Notario de Provincia

En dho Pueblo y dho día, mes y año---Bartolomé Villatoro, vecino de dho pueblo ---preguntado si conoce a Antonia Lopes de los Ríos, vecina de este pueblo, española, hija lexitima de Antonio Lopes de los Ríos y de María “Belasques”----cierto que su madre Melchora  Masariegos es hermana en segundo grado con la dha Antonia Lopes de los Ríos, y que esta es la verdad so cargo del juramento--

1-Declaración de Dionicio “Rodrigues” de “hedad” de 65 años

En el dho Pueblo---Dionicio Rodrigues, --pregunta de si conoce a Bartolomé  “Villattoro”, español , vecino de este Pueblo de Gueguetenango,    hijo legitimo de Gregorio “Villattoro” y de Melchora Massariegos,  --------con Antonia Lopes de los Ríos, española, hija legitima de Antonia Lopes de los Ríos, y de María Belasques, españoles, y vecinos de sete dho Pueblo, ---y que----Pasqual Lopes de los Ríos Y Gregoria Lopes de los Ríos, y que estos eran hermanos carnales. Que lo que le consta en verdad, es que los dhos contrayentes , Bartolomé Villattoro es nieto de Joseph Masariegos, el que es primo hermano de Antonio Lopes de los Ríos,y que la contrayente Antonia Lopes, es nieta de Juan Pasqual Lopes de los Ríos, que esta dha es prima hermana en segundo grado con  dho Bartolomé Villatoro, ---------

2-Declaración de Bernardo (ilegible)

En este dho Pueblo----Preguntado si conoce a Bartolomé Villatoro, español, vecino de este pueblo, hijo legitimo de Gregorio Villattoro y de  Melchora Massariegos,

 3-Declaración de Bernardo Villegas

En este dho Pueblo----Preguntado si conoce a Bartolomé Villatoro, español, vecino de este pueblo, hijo legitimo de Gregorio Villattoro y de  Melchora Massariegos, --

Auto de Remisión

En el Pueblo de la Purisima Concepción de Gueguetenango, en doce días del mes de Mayo de mil setecientos “sinquenta” y dos, Yo dho Cura, habiendo visto  las declaraciones de los “ contraientes” y testigos en dhos autos, los remito al Sr. Provisor, para que en vista de ellos Vtta, disponga lo que le pareciere más conveniente , y por la verdad lo firme, en dho día , mes , y año. Ut Supra.  Fr. Miguel Hidalgo , Cura D.

Muy Ilustre Sr. Provissor

Bartolome Villatoro, ladino y vecino de este pueblo de Gueguetenango, como mas  lugar haya , y a mi derecho convenga, paresco ante Vtta. Con el rendimiento , y digo, que habiendo conocido carnalmente a Antonia Lopes,también ladina y vecina de este pueblo, con el conocimiento de ser consanguíneo suyo, y aunque ignoraba el grado de parentesco que tenía con la dha, y en virtud de haberla dado palabra de casamiento, me presenté ante el R. P.e  Cura Miguel Hidalgo , quien habiendo procedido a los autos matrimoniales, resultó ser dha Antonia Lopes mi prima segunda.

Y aunque conozco y confieso el gravísimo delito que he cometido, considerando las resultas que de esta cópula pueden proceder, los (ilegible)—sus padres y parientes que ignoran lo sucedido y la deshonra de la dha, por tanto siéndome  difícil el recurso a Roma, por la pobreza de mi estado, recurro al amparo de Vtta. Para que se digne dispensarme en el referido impedimento , que assí lo espero de la gran benignidd de Vtta.  A quien rendidamente pido y suplico se sirvan de assí lo proveer  que es gracia que pido , y lo juro en forma, y lo necesario,.

Por Bartolomé de Villatoro Fr. Miguel Hidalgo  Cura Dto.

Dn. Fr. Pedro Pardo de Figueroa , Arzopispo que fue de esta Diocesis , que nos ---por haber muertto –dispensamos en estos contrahientes, en el impedimento de segundo grado mixto con tercero de consanguinidad que entre ellos interviene para que no obstante puedan licita y válidamente contraer matrimonio y en su consequencia  libro Despacho al Ro. P.e Cura Doctrinero de el pueblo de Gueguetenango, para que según orden de nta.  mre.  Ig.a  los despose y vele, presediendo antes las amonestaciones –del st. Concilio de Trentto, y no resultando otro impedimento---y declaramos por legitima la prole que de este matrimonio tuvieren,------------de este Reino, ---de este Arzobispado de Guathemala, ----Mayo de mil setecientos sinquenta y dos años—

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