viernes, 13 de mayo de 2022

1684-DISPENSA- PHELIPPE LOPES Y GERTRUDES DE GUSMAN - HUEHUETENANGO

                                               AÑO DE 1684-DISPENSA - 

PHELIPPE LOPES Y GERTRUDES DE GUSMAN-.GUEGUETENANGO

 NOS EL MRO. FRAY ANDRES DE LAS NAVAS Y QUEVEDO, del Sacro Real y Militar Orden de Nra. Sra. de la Mra. Redemp ción ---Obispo de Guatta----

Hacemos saber al P.e P.r.  Fr. Pedro de Oballe del dho. Real Orden Cura Doctrinero por el Real Patronato de la Doctrina  y Curato de Chiantla, a quien cometemos lo de que su uso se hará mención, como por parte de Felipe Lopes, español , Vecino y natural del pueblo de Gueguetenango, hijo legitimo de Alonso Lopes y de Juana Jacinta -------tiene tratado de contraer matrimonio según orden de NTA. Santa M.e Yglesia  con Jertrudes de Gusman, española, “guerfana” que no conoció a sus padres, vecina y natural de dho. Pueblo de Chiantla.

En el Pueblo de Chiantla en tres días del mes de Mayo de mil y seis sientos y ochenta y cuatro años, yo el padre predicador  fray Pedro de Oballe del Real orden de nuestra señora de las mercedes redención de cautivos, cura doctrinero por el Real patronato de este pueblo, ------------Felipe Lopes y Gertudes de Gusman, personas solteras,-----------

/Testigo/ Juan de Ulloa, español,  En el pueblo de Chiantla , en trece días del mes de  “maio” Mayo de mil  “i” seis  sientos ochenta y cuatro, su paternidad el dho. Cura doctrinero de este partido por ante mí el presente notario, Felipe Lopes convenido ----para contraer matrimonio con Gertrudes de Gusman, presentó por testigo a Juan de Ulloa, del cual fuere pedido juramento, ---dijo que conoce a Felipe Lopes  Vecino del pueblo de Gueguetenango, y a Gertudes de Gusman, vecina del pueblo de Chiantal,----------

/f/ Fray Pedro de Oballe    /f/  Juan de Ulloa    /F/  ante mí Joseph de León, notario

/testigo/ Alonso Velasques, español, ---presentó por testigo a Alonso Velasques, ------

/testigo/ Joseph de Herrera, español,  En el dicho pueblo de Chiantla, en dicho dia mes “i” año , el dicho Felipe Lopes, para la dicha información, presentó por testigo ante dicho padre cura doctrinero, a Joseph de Herrera, español, vecino del pueblo de Chiantla, ---dijo que conoce  a Felipe Lopes, quien le presenta por testigo y asi mismo conoce a Gertrudes de Gusman, niña doncella, ---------------------Fray P. De Oballe   ante mí  Antonio Joseph de León, Notario

En Veintiun días del mes de Julio del presente año de mil seis, sientos y ochenta y cuatro años,  en el pueblo de --------acerca de las personas de Felipe Lopes, vecino del pueblo de Gueguetenango y de Gertudes de Gusman, vecina del pueblo de Chiantla, -------procedí a las amonestaciones y denunciaciones que dispone el sagrado concilio tridentino, y habiéndose hecho las dos primeras amonestaciones en dos días festivos, llegó noticia del dicho padre cura doctrinero, que Juan de Alvarado Bracamonte, vecino del pueblo de Gueguetenango, decía que el dicho Felipe lopes, era su hijo y de Juana Gacinta, hbido en tiempo que La susodicha vivía de ---otro matrimonio, lo cual confeso, localmente dicho, Juan de  Alvarado Bracamonte ---paternidad dicho padre doctrinero, “extrajudicialmente” /aparece subrayado en el original/ y porque el dicho Juan de Alvarado Bracamonte tiene parentesco de consanguinidad  de cuarto grado con la dicha  Gertrudes de Gusman, por lo cual viene a estar esta con el dicho Felipe Lopes, en cuarto con tercero grado de consanguinidad para que conste la verdad--------------------------- Fray Pedro  De Oballe   ante mí  Antonio Joseph de León, Notario

En veinte i un días del mes de julio------en cumplimiento del auto y notificación antecedente  hizo parecer ante si a Juan de Alvarado Bracamonte del cual recibió Juramento, ----dijo que dicho Felipe Lopes es su hijo , el cual le hubo con Juana Gacinta, tratando ylicitamente con la susodicha , siendo casad con Alonso Lopes, que es difunto, y aunque el dicho Felipe Lopes, en la pub—ca  es tenido por hijo legitimo pero que entre este declarante y dicha Juana Gacinta, según el conocimiento privativo de ambos le  han tenido y reconocido al dicho Felipe Lopes por tal hijo deste declarante  y dicha Juana  Gacinta.

Y siendo preguntado si tiene parentesco de afinidad o consanguinidad con Gertrudes de Gusman,  vecina deste dicho pueblo, contenida en estas dichas informaciones,  dijo que le tiene parentesco de consanguinidad , y que la dicha Gertrudes  de Gusman,con este declarante está en cuarto grado con segundo, porque este declarante es hijo de Pablo de Alvarado, nieto de Andrés de Ulloa Fonseca, y dicho Andrés de Ulloa, fue padre de Catalina de Solis, y esta fue madre de Josepha de Solis, y Josepha de Solís fue madre de Gracia de Solís, y Gracia de Solis lo es de dicha Gertrudes de Gusmán, por lo cual la dicha Gerturdes de Gusman  viene a estar con el dicho Felipe Lópes , hijo deste declarante entercero con cuarto grado de consanguinidad,------------------su dicho de Verbo ad Verbum,--------------/f/ Juan de Alvarado Bracamonte   Fray Pedro  De Oballe   ante mí  Antonio Joseph de León, Notario

En dicho dia , mes y año-----Juana Gacinta,--------------que siendo esta declarante casada con Alonso lopes, que es difunto, por su fragilidad y miseria tuvo trato ylicito con Juan de Alvarado Bracamonte, de que provino tener con el por hijo a Felipe Lopes, el cual aunque nació durante el dicho matrimonio , esta cierta de que es hijo del susodicho Juan de Alvarado Bracamonte ,aunque en lo público le confesaba por legitimo, --------y que así lo declara para descargo de su conciencia, ---------no firmó por no saber firmar,-------------Fray Pedro d eOballe-Doctrinero   Por ante mí  Joseph de León , Notario

En el pueblo de-----------------------

En la ciudad de Santhiago de Goathemala, en nueve días del mes de Agosto de mil seiscientos y ochenta y quatro años, el Yllmo-----Fray Andrés de las Navas y Quevedo,---------------del matrimonio que  Phelippe Lopes, español vecino natural del pueblo de Gueguetenango, pretende contraer con Gertrudes de Gusmán, española, vecina natural del pueblo de Chiantla,-----dispensaba y dispensa con los dichos Phelippe Lopes y Gertrudes de Gusman, en el dicho impedimento,--------------puedan contraer el matrimonio que pretenden,-----------------------y declarada y declara por legitima la prole ----dicho matrimonio tuvieren------------------a los susodichos de cualquier censuras, en que hayan incurrido para conseguir dicha dispensación----------------mando y firmo  Andrés de las Navas Arzobispo de Goatta. Y Verapaz


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